Terminos y Condiciones
Tu Punto suministrará al cliente la plataforma de servicios de emisión y administración de documentos tributarios electrónicos, en conformidad a lo establecido en este contrato, sus anexos y la normativa aplicable, en adelante indistintamente el “Servicio o Servicios”.
Obligación de pago
El cliente se obliga a pagar el precio del servicio a travez del convenio de pago automatico (PAC) o por medio de pago mensual que se facturara posterior a la recepcion del mismo.
Corte y reposición del servicio
Tu Punto podrá cortar el suministro del o los servicios impagos, luego de 5 días de cumplida la fecha de vencimiento del plazo establecido para su pago, sin haberse verificado el mismo. El corte del servicio impedirá realizar cualquier tipo de operación. La reposición del servicio tendrá como plazo máximo el día hábil siguiente a la fecha en que se pague el documento de cobro impago. Tu Punto estará facultada para cobrar una suma equivalente a 0,10 unidades de fomento (0,10UF) por la reposición del servicio contratado.
Cobros en caso de atraso en el pago
En caso de atraso en el pago, las sumas adeudadas devengarán un interés igual al máximo convencional que corresponda para las operaciones de crédito de dinero no reajustable en moneda nacional de corto plazo. Asimismo, Tu Punto podrá cobrar los costos y gastos por no pago oportuno, conforme la normativa aplicable y a lo establecido en el artículo 37 de la ley n° 19.496 que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores.
Suspensión transitoria de servicio a solicitud del cliente
El cliente podrá solicitar la suspensión transitoria del servicio en las plataformas de atención comercial de Tu Punto. Para que el cliente pueda solicitar y mantener la suspensión transitoria del servicio no deberá tener deudas impagas con Tu Punto. La suspensión transitoria podrá solicitarse por un periodo máximo de 2 meses con un costo de $15.000 pesos mensuales. Esta suspensión impedirá realizar cualquier tipo de operación. El cliente dejará de pagar los cargos fijos detallados en el anexo de planes, servicios y tarifas del presente contrato mientras dure la suspensión. En caso de que el cliente tenga un contrato de arrendamiento de equipos, éste se sigue pagando de manera normal.
Tratamiento de datos personales
El cliente autoriza a que Tu Punto o sus empresas relacionadas y/o filiales efectúen tratamientos de sus datos personales, con finalidades de marketing, de la propia prestación de los servicios y/o con el objeto de entregar información y/o beneficios. Los referidos datos personales podrán en casos concretos ser comunicados a terceros sólo para cumplir con las finalidades
Fuerza mayor y caso fortuito
En caso de cualquier evento de fuerza mayor o de caso fortuito, que se define como cualquier evento que tenga el carácter de imprevisible o bien que sea imposible de resistir, y que genere cualquier defecto o problema en la prestación de servicios de Tu Punto, eximirá a esta última de los daños y perjuicios causados. Dentro del concepto de fuerza mayor se encuentra todo ataque de carácter informático (“hacker”) que sea capaz de burlar o traspasar las medidas de seguridad informáticas que tiene implementada Tu Punto para la prestación del servicio, las que deberán ser siempre acordes a los riesgos de seguridad informática existentes y deberán ser de la más alta calidad y con la mayor seguridad.
Pasar del sistema de facturación gratuito a sistema de mercado.
Se le informa al cliente las condiciones del Servicio de Impuestos Internos cuando se pasa del sistema de facturación gratuito del SII a sistema de facturación de mercado, tanto para boleta electrónica como para factura electrónica.
Responsabilidades del usuario.
Tu punto es un software de facturación electrónica local por lo que es de responsabilidad del cliente es resguardo de datos como también las copias de seguridad.
El cliente debe cumplir con todas las obligaciones que emanan de las leyes tributarias y/o fiscales aplicables asociadas al uso de los servicios contratados y detallados de TuPunto SPA, siendo de esta manera el cliente el único responsable de cualquier obligación que emane con relación a la emisión, tratamiento y administración de los documentos tributarios electrónicos que el Servicio de Impuestos Internos le haya autorizado según la resolución que lo individualiza.